El Decreto Supremo Nº 0590 de fecha 4 de agosto de 2010, hace referencia a la creación del Servicio de Desarrollo de las Empresas Públicas Productivas (Sedem) y define los lineamientos para el funcionamiento de las Empresas Públicas Productivas que se encuentran bajo tuición del Ministerio de Desarrollo y Economía Plural.
“El Sedem tendrá bajo su dependencia directa: Lacteosbol, Papelbol, Ecebol, Azucarbol-Bermejo, Eba y las que fueren creadas, conforme a lo dispuesto en el presente decreto, pero lo más llamativo y lamentable del mismo es que la sede administrativa del Sedem es la ciudad de La Paz y no Oruro en el caso de las tres empresas ubicadas en jurisdicción orureña; además, sobre la distribución de las utilidades hace referencia a que las utilidades que sean obtenidas por cada una de las empresas públicas al final de cada gestión, podrán ser capitalizadas a favor de las mismas o transferidas al TGE, lo cual nos parece completamente un absurdo, lo correcto debería ser que las regalías por concepto de utilidades de estas empresas, ubicadas en nuestro Departamento, deberían fortalecer la economía departamental de manera directa”, aseguró José Luis Toco.
El legislador departamental, recalcó: “En el marco del proceso autonómico que vive el país, del cual es parte el departamento de Oruro, la administración de Cartonbol, Ecebol y Lacteosbol debería estar ubicada en nuestro Departamento y la prioridad de los recursos humanos en primera instancia debería ser en Oruro, lo cual al parecer en la primera empresa en marcha, no sucede”.
Mencionó que en el sector productivo, el Estado mantiene sus competencias exclusivas, creando y ejerciendo tuición sobre las mismas, en desmedro de las regiones autónomas.
“El tiempo nos da la razón respecto a la Ley de Autonomías Nº 031 en su Art. 92, numeral 2, 10 y 12, en la que indica que es competencia exclusiva del Estado formular políticas dirigidas a promover complejos productivos en todo el territorio nacional, asimismo regular el desarrollo de las unidades productivas y su organización administrativa y empresarial, pero lo más lamentable que menciona es crear y ejercer tuición en las empresas públicas del sector productivo. Por otra parte, en la disposición final única hace referencia a que el Decreto Supremo entrará en vigencia a partir del 6 de septiembre de 2010, es el momento de que las instituciones se pronuncien al respecto”, señaló.
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